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JOSÉ FRANCISCO CERES MONTES, UN GENOVÉS AMIGO DE LA RUA
EL JUEZ QUE ARCHIVÓ EL CASO CAMPS DECIDIRÁ LA ADMISIÓN DE LA QUERELLA SOCIALISTA CONTRA EL PP
El magistrado José Francisco Ceres, que firmó el archivo de la parte de la trama Gürtel investigada en Valencia, será quien decida si la Sala de Lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) admite la querella presentada por los socialistas por, entre otros delitos, financiación ilegal del PP valenciano. Francisco Camps, presidente de la Generalitat, vuelve a estar en manos de quien le salvó de la imputación de cohecho pasivo impropio, contra el criterio del magistrado instructor, José Flors.
Ceres tendrá que presentar un informe sobre la admisión o no, y será votado por la sala, que preside Juan Luis de la Rúa, a quien el propio Camps señaló públicamente como "más que amigo" y que permanece en su cargo en situación de prórroga dado que aún no se ha resuelto el concurso para la renovación de la presidencia que ocupa desde hace más de diez años.
El magistrado Ceres, que ocupó responsabilidades en la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura (APM), tiene su nombramiento recurrido, por segunda vez. El Tribunal Supremo ya estimó en una ocasión la impugnación presentada por varios magistrados que concursaron a su misma plaza y entendieron que su elección no estaba fundamentada dado la diferencia curricular y de méritos. El Supremo obligó al TSJ a volver a pronunciarse y éste ratificó el nombramiento, que ha vuelto a ser recurrido y está pendiente de resolución.
Ceres tuvo ayer la primera aproximación formal con la querella presentada por cuatro diputados socialistas: la ratificación de la misma. Ángel Luna, Joaquín Puig, Carmen Ninet y Cristina Moreno firmaron ante él y la secretaria de la sala de Lo Civil y Penal. La querella va dirigida contra dirigente el presidente Camps; el vicepresidente de la Generalitat, Vicente Rambla, los diputados Ricardo Costa, David Serra y Yolanda García; los cabecillas de la trama Gürtel Francisco Correa y Álvaro Pérez; y las constructoras valencianas Lubasa, Facsa, Sedesa, Grupo Piaf y Ortiz e Hijos.
Los socialistas, en base al informe policial que el propio TSJ valenciano rechazó considerar cuando deliberaba sobre los trajes de Camps, presentan la querella contra un total de 17 personas por delitos de cohecho, malversación, financiación irregular, prevaricación, alteración contable y delito fiscal. Ángel Luna, portavoz socialista en las Cortes valencianas, afirmó tras el trámite: "Hemos cumplido con nuestra obligación". Y expresó su confianza en que "los jueces entiendan este tema de la misma forma y abran un procedimiento penal contra los querellados".
(www.elpais.com, 20/11/09)
La controvertida plaza del magistrado Ceres
El juez que votó con De la Rúa el archivo de la causa contra Camps estuvo provisionalmente en la Sala diez meses, con el apoyo del presidente del Tribunal, tras anular el Supremo su nombramiento
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El auto de archivo de la causa contra Camps por cohecho en los regalos de trajes por parte de la trama Gürtel tiene madre y padre: el presidente de TSJ valenciano, Juan Luis de la Rúa, y el también magistrado de la Sala de lo Civil y Penal José Francisco Ceres Montes. Uno y otro se han visto inmersos en una polémica que emana, además del sentido de la resolución, del perfil de un asunto goloso para ser mascado en la plaza pública, entre políticos, periodistas y hasta juristas.
En el caso de Ceres, la controversia planea también sobre el sillón de magistrado que ganó hace cuatro años, dos meses y seis días. Durante unos diez meses (entre junio de 2008 y abril de 2009), ocupó provisionalmente una plaza que quedó vacante cuando el Supremo anuló la decisión del Consejo General del Poder Judicial de darle ese puesto precisamente a él.
Miembro de la mayoritaria y derechista Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Ceres fue designado magistrado de la Sala de lo Civil y Penal por el CGPJ -de clara mayoría conservadora- y su nombramiento fue recogido en el Real Decreto 44/2005 de 15 de abril. Se publicó en el BOE de 2 de junio y empezó a ejercer en la plaza de la que se había jubilado José Luis Pérez. Si en cualquier concurso u oposición pública, las impugnaciones son moneda corriente, en un ámbito en el que los aspirantes son expertos en leyes no es raro que se recurra el nombramiento al contencioso-administrativo. Así sucedió. No fueron una ni dos sino tres las personas que presentaron recurso: María Ibañez, Mercedes Boronat y Vicente Ortega, magistrados los tres de la Audiencia de Valencia.
Argumentaron "falta de motivación" en el nombramiento, esto es, que el órgano de gobierno de los jueces, a quien compete designar las plazas, no había justificado los méritos y capacidad que hacían de Ceres -que provenía de un juzgado de ejecuciones- el mej0r de los candidatos. La Ley Orgánica del Poder Judicial otorga al CGPJ la facultad de los nombramientos de quienes imparten justicia terrenal conforme a valoración de mérito y capacidad. Pero en lectura libre. Paradójicamente, en estos procesos no existen unas bases en la convocatoria donde se establezcan los criterios de baremación de méritos pautados para calificar la experiencia, cursos, publicaciones u otros aspectos curriculares. Se abre así el campo para las consideraciones de tipo político y para los pulsos de poder entre camarillas.
El Alto Tribunal, en una durísima sentencia de julio de 2005, anuló el nombramiento de Ceres al entender que efectivamente no estuvo motivado. Lo dictaminó en respuesta a los recursos de María Ibáñez y Mercedes Boronat. La elección de Ceres se produjo entre una terna (con Ibáñez y Antonio Rodríguez, de la sección penal de la Audiencia de Valencia), previamente seleccionada por la Comisión de Calificación del CGPJ, encargada de hacer la criba y elevar a pleno a los finalistas. El Supremo argumentó que la citada comisión escogió tres nombres y los remitió "sin precisar cuáles eran los criterios preferentes que debían ser tomados en consideración para decidir el nombramiento y sin detallar ni describir las circunstancias individuales de las personas que podían constituir méritos jurisdiccionales".
Según la sentencia, la citada comisión "tampoco" informó sobre los "específicos rasgos" por los que eran merecedores de una "valoración cualitativa superior" al del resto de aspirantes. El Alto Tribunal reprochó que aunque uno de los vocales hizo una defensa de la candidatura de Ceres, la invocación de sus méritos fue "meramente abstracta", sin concretar por qué era más idóneo que los otros.
Una plaza muy codiciada
Anulado el nombramiento, se conminó al CGPJ a rebobinar el proceso al momento anterior a la preselección. A los aspirantes se les pidió que aportaran sentencias que hubieran dictado como parte del currículum de cara al "remake" de procedimiento que se abría.
Pero, ¿dejó Ceres la plaza que ocupaba? La decisión estaba en manos del presidente del TSJ valenciano, Juan Luis de la Rúa, y la Sala de Gobierno, de aplastante mayoría conservadora. Hasta nueva designación, podían haberlo enviado al juzgado de ejecuciones, destinarlo a un juzgado de primera instancia o a la Audiencia Provincial, por ejemplo. Pero De la Rúa y la junta rectora del TSJ quisieron adscribirlo provisionalmente a la plaza que el Supremo le había anulado. Un puesto muy codiciado por los jueces y magistrados -no falta quien lo cataloga como una canonjía-, igual que por los partidos políticos y las asociaciones profesiones de la judicatura, conscientes del poder que anida en la Sala de lo Civil y Penal del TSJ.
El 29 de enero de 2009, el pleno del nuevo CGPJ -renovado en septiembre de 2008- abordó la cobertura de la vacante ocupada provisionalmente por Ceres. Y ganó la plaza por segunda vez. Logró 11 votos, frente a los 4 de María Ibáñez (Jueces para la Democracia) y otros tantos de Vicente Ortega, quien en esta ocasión entró en la terna. Hubo una abstención. El Real Decreto 166/2009 de 13 de febrero recogió el nombramiento, que fue publicado en el BOE del 30 de marzo. Estaba en plena ebullición el escándalo Gürtel, que explotó con la operación ordenada por Garzón el 6 de febrero. Un mes después se difundió el auto de este magistrado en el que acusaba a Camps y a los otros tres imputados valencianos de aceptar regalos en trajes por 34.908 euros.
Dos de los aspirantes que disputaron la plaza han presentado de nuevo recurso contencioso-administrativo contra el segundo nombramiento. De la Rúa sigue en funciones com presidente del TSJ, al haber caducado su mandato en julio. Y Ceres, igual que Camps aunque salvando las distancias, también espera una resolución del Supremo.
La Sala de Gobierno del TSJ avaló que siguiera en el puesto
La decisión de que José Francisco Ceres Montes permaneciera como magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ cuando el Supremo anuló su nombramiento fue adoptada por la Sala de Gobierno de la máxima instancia judicial valenciana. La composición de este órgano hace que las pretensiones de De la Rúa encuentren pocas resistencias. Además del presidente del TSJ, forman parte de la Sala, los de la Audiencia de Valencia (Pedro Castellano), Alicante (Vicente Magro) y Castelló (Carlos Domínguez), además del decano de los jueces valencianos, el presidente de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ o el de la Sala de lo Social. Salvo este último, Francisco Pérez, el resto de miembros está claramente ubicado en el sector conservador. La inmensa mayoría pertenecen a la APM. De la Rúa no tuvo problemas en adscribir a José Francisco Ceres a la plaza en la que después fue confirmado por el CGPJ
El TSJ rechaza la recusación al jefe de la Audiencia de Castellón
El fiscal solicitó que se abstuviera en dos autos sobre corrupción
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha desestimado la solicitud de la fiscalía de Castellón de recusar al presidente de la Audiencia provincial, Carlos Domínguez, y a otros dos magistrados para que resuelvan sobre la nulidad de dos autos de un caso de corrupción urbanística. La sala de lo civil y penal del TSJ considera que en este caso no concurre ninguna de las causas que recoge la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para admitir una recusación.
El caso corresponde a una denuncia contra el ex alcalde de Oropesa
De la Rúa mantiene al juez de forma eventual hasta que se cubra la plaza
La fiscalía de Castellón solicitó la recusación de estos magistrados después de que la Sección I de la Audiencia provincial dictara dos autos contradictorios sobre la apertura de juicio oral o el archivo de una causa de prevaricación administrativa. La fiscalía alegó que los magistrados estaban "contaminados" para decidir sobre la nulidad de los autos y solicitó que fuera otro tribunal quien decidiera si ambos dictámenes debían anularse.
El caso corresponde a una denuncia formulada contra el ahora ex alcalde de Oropesa Francisco Garrido, tres concejales y el arquitecto municipal por otorgar una licencia de obras para la construcción de 600 apartamentos sobre un suelo calificado como terciario y con un único uso permitido, el de cámping.
El auto del TSJ hace referencia no solo a la LOPJ, que indica que "será competente para conocer de este incidente [la nulidad] el mismo juzgado o tribunal que dictó la resolución que hubiere adquirido firmeza", con lo que entiende que "dicho tribunal lo han de componer los mismos magistrados que acordaron la resolución cuestionada, no pudiéndose alterar dicha competencia legal". También recurre al Tribunal Constitucional, que, tal como recoge el propio auto, "se ha pronunciado que no se vulnera dicho principio de imparcialidad, cuando el mismo tribunal que ha dictado una resolución que ha sido declarada posteriormente nula por lesión constitucional, ha de volver a pronunciarse sobre la misma".
La fiscalía de Castellón optó ayer por no valorar el auto del TSJ, que no es recurrible. Ahora será la misma Sección I de la Audiencia de Castellón la que deba resolver si anula los dos autos, anula uno de ellos o, se mantiene la decisión de seguir el caso contra el arquitecto y se archiva la acusación a los políticos.El auto del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana que ha resuelto desestimar la recusación del presidente de la Audiencia de Castellón está firmado por el magistrado José Francisco Ceres Montes ya que, en este caso, fue designado como ponente. Ceres se encuentra en la sala de lo Civil y Penal del TSJ de forma provisional, después de que su nombramiento como titular de la misma fuera anulado por el Tribunal Supremo en junio de 2008.
Su nombramiento fue recurrido por una magistrada tras considerar que existía una insuficiencia en la motivación que llevó al anterior Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a adjudicarle la plaza. Al igual que ocurrió en otros casos, el Supremo anuló esta decisión y, posteriormente, en agosto, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó un Real Decreto en el que disponía su cese como magistrado de esa sala. El mismo decreto señala que el magistrado "quedará adscrito a disposición del presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana", es decir, Juan Luis De la Rúa.
Fuentes del TSJ señalaron ayer que, al haber quedado vacante la plaza, De la Rúa optó por mantener a este magistrado de forma provisional hasta que se cubra la plaza, a la que opta de forma definitiva. El ponente es el encargado de presentar la documentación, dirigir la deliberación y redactar el auto en el que, en cualquier caso, sólo se da forma a la decisión que adopta toda la sala.
El auto realiza una exposición de los motivos alegados por la fiscalía, que dirige Javier Carceller, y, al considerar que la participación de los magistrados recusados no incurre en ninguna de las causas que fija la ley, desestima la petición del fiscal. Esto supone que serán los mismos magistrados quienes decidan si anulan o no los autos en los que, por una parte, se mantenía la imputación por un presunto delito de prevaricación administrativa, en el caso del arquitecto municipal, y, por otra, se archivaba la causa al no hallar indicios de delito, en el caso de los políticos.
Pese a que se trata de un mismo asunto, la autorización para construir sobre suelo calificado para cámping, el auto del TSJ realiza una salvedad y sostiene que los hechos recurridos "no [son] exactamente coincidentes". Así indica que, en el caso del arquitecto, se le imputa "por haber emitido un informe favorable para la concesión de dichas licencias" mientras que en el caso de los políticos se debe a "haber votado a favor en la Comisión de Gobierno para la concesión de unas licencias".
De esta manera, explica que, en el caso de la magistrada Aurora De Diego "únicamente intervino en el dictado, como ponente, de uno de los dos autos", el que respaldaba la decisión del juzgado sobre la existencia de indicios de delito. La decisión del TSJ valora además el citado auto y señala que éste "se limita a indicar la existencia de unos hechos que han de ser valorados por las acusaciones en su calificación". Otro de los magistrados que formaba parte del tribunal que dictó esta resolución fue Esteban Solaz, que también participó en el segundo auto, que dictaba el archivo de la causa. Por su parte, el actual presidente de la Audiencia presidió el tribunal del auto de archivo que, para el TSJ, "sí que implica un genuino y profundo juicio de inexistencia de delito, y por ello acuerda el sobreseimiento al descartar la existencia del elemento normativo de la injusticia de la resolución, y de la concurrencia del elemento subjetivo del tipo del delito de la prevaricación urbanística".
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